REGULACIÓN DE
LAS PRÁCTICAS FORMATIVAS
Las Prácticas Formativas en el Nivel
Superior se desarrollan en el marco de la normativa vigente,
esto es, la Resolución 2343/17 y la Disposición 66/18, esta
última de la Dirección de Educación Superior de Formación
Técnica.
DEFINICIÓN Y
OBJETIVOS
Podemos definirlas como prácticas de
extensión educativa que se desarrolla en un ambiente de Trabajo
(Institución Oferente), con el objeto de realizar actividades
relacionadas con su formación y vinculadas a la propuesta
curricular, bajo la organización, control y supervisión de la
institución a la que pertenecen.
Cabe aclarar que no se realizan Pasantías
en este nivel, ya que las mismas son para estudiantes mayores de
16 años que cursen la Educación Secundaria, la Educación
Especial o la Educación de Adultos, tal lo establece la
Resolución 2343/17.
Las Prácticas Profesionalizantes (PP) son
de carácter obligatorio por lo que es responsabilidad del
Director de la Institución hacer cumplir la normativa de
aplicación. No son rentadas.
Las PP deben contemplar el 33% de la carga
horaria total del Plan. En aquellas tecnicaturas que no se
cumpla con este porcentaje, se deberá generar acciones que
propicien el desarrollo de actividades formativas que den
respuesta a tal necesidad.
Podrán incluirse: Salidas Educativas con
Proyectos Educativos pertinentes al ámbito de las PP, asistencia
a congresos, actividades que se desarrollen en otros espacios
curriculares distintos al de PP, pero que impliquen experiencias
prácticas, entre otras.
TIPOS DE
FORMATOS
Las PP pueden presentar tres formatos:
Proyecto Productivo Externo (PPE), Proyecto Tecnológico (PTI) y
Proyecto de Extensión (PeX).
Proyectos Productivos Externos:
realizados fuera del espacio escolar, tanto en relación al
espacio físico como en lo relativo a las lógicas implementadas
en sus rutinas laborales: empresas, organismos estatales o
privados u organizaciones no gubernamentales.
Proyectos Tecnológicos: orientados a
la investigación, experimentación y desarrollo de
procedimientos, bienes o servicios relevantes desde el punto de
vista social y que introduzcan alguna mejora dentro de los
existentes. Orientados a resolver problemáticas socio
comunitarias o de la propia institución escolar.
Proyectos de Extensión: diseñados y
organizados en la institución educativa para satisfacer
necesidades comunitarias.
INICIO Y
DURACIÓN
Las mismas podrán realizarse desde el
inicio del ciclo lectivo hasta la primera quincena del mes de
noviembre, de lunes a viernes, con una carga diaria que no podrá
exceder las cuatro (4) horas, y un total de veinte (20) horas
semanales.
Aquellos institutos que tenga aprobado en
POF el funcionamiento los días sábados, podrán realizar sus
prácticas ese día.