PRACTICA PROFESIONAL

 

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Regulación de las PP

 

REGULACIÓN DE LAS PRÁCTICAS FORMATIVAS

 

Las Prácticas Formativas en el Nivel Superior se desarrollan en el marco de la normativa vigente, esto es, la Resolución 2343/17 y la Disposición 66/18, esta última de la Dirección de Educación Superior de Formación Técnica.

 

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS

 

Podemos definirlas como prácticas de extensión educativa que se desarrolla en un ambiente de Trabajo (Institución Oferente), con el objeto de realizar actividades relacionadas con su formación y vinculadas a la propuesta curricular, bajo la organización, control y supervisión de la institución a la que pertenecen.

 

Cabe aclarar que no se realizan Pasantías en este nivel, ya que las mismas son para estudiantes mayores de 16 años que cursen la Educación Secundaria, la Educación Especial o la Educación de Adultos, tal lo establece la Resolución 2343/17.

 

Las Prácticas Profesionalizantes (PP) son de carácter obligatorio por lo que es responsabilidad del Director de la Institución hacer cumplir la normativa de aplicación. No son rentadas.

 

Las PP deben contemplar el 33% de la carga horaria total del Plan. En aquellas tecnicaturas que no se cumpla con este porcentaje, se deberá generar acciones que propicien el desarrollo de actividades formativas que den respuesta a tal necesidad.

 

Podrán incluirse: Salidas Educativas con Proyectos Educativos pertinentes al ámbito de las PP, asistencia a congresos, actividades que se desarrollen en otros espacios curriculares distintos al de PP, pero que impliquen experiencias prácticas, entre otras.

 

TIPOS DE FORMATOS

 

Las PP pueden presentar tres formatos: Proyecto Productivo Externo (PPE), Proyecto Tecnológico (PTI) y Proyecto de Extensión (PeX).

 

Proyectos Productivos Externos: realizados fuera del espacio escolar, tanto en relación al espacio físico como en lo relativo a las lógicas implementadas en sus rutinas laborales: empresas, organismos estatales o privados u organizaciones no gubernamentales.

 

Proyectos Tecnológicos: orientados a la investigación, experimentación y desarrollo de procedimientos, bienes o servicios relevantes desde el punto de vista social y que introduzcan alguna mejora dentro de los existentes. Orientados a resolver problemáticas socio comunitarias o de la propia institución escolar.

 

Proyectos de Extensión: diseñados y organizados en la institución educativa para satisfacer necesidades comunitarias.

 

 

INICIO Y DURACIÓN

 

Las mismas podrán realizarse desde el inicio del ciclo lectivo hasta la primera quincena del mes de noviembre, de lunes a viernes, con una carga diaria que no podrá exceder las cuatro (4) horas, y un total de veinte (20) horas semanales.

 

Aquellos institutos que tenga aprobado en POF el funcionamiento los días sábados, podrán realizar sus prácticas ese día.

 

 

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